COMUNICADO POLÍTICA INTEGRADA DE SEGURIDAD
ACEA PERU, está comprometida en prevenir, detectar y responder de manera oportuna, cualquier tipo de situación que pueda resultar en un accidente o pueda causar algún daño a algún trabajador externo o interno de ACEA, así mismo está totalmente comprometida con la prevención de estos y la seguridad de sus trabajadores, mediante la presente política, su difusión y los esfuerzos invertidos en cumplirla.
1. PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN EN CASOS DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL Se tendrá TOLERANCIA CERO ante este tipo de comportamientos y basarán su política preventiva en los siguientes principios: 1. Los miembros de la organización tienen derecho a una protección eficaz y efectiva en materia de seguridad y salud en el trabajo 2. Todo trabajador tiene derecho a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser sometido a tratos degradantes ni humillantes. 3. No se permitirá ninguna forma de abuso de poder o autoridad, discriminación, manifestaciones de intolerancia, abuso verbal, ni la utilización de amenazas u ofensas, intimidación o daño en el desempeño de cualquier cargo. 4. Todos los miembros de la organización tienen la responsabilidad de crear un adecuado ambiente laboral 5. Se promoverá el uso del canal de denuncias a través del https://canaletico.aceaperu.com/ de ACEA, protegiendo la integridad e identidad del denunciante, y promoviendo el uso y el reporte de casos de hostigamiento actuando de buena fe.
2. LINEAMIENTOS ANTE LA FATIGA Y SOMNOLENCIA EN EL TRABAJO A fin de elevar su nivel de atención durante la ejecución de sus labores y minimizar la probabilidad de ocurrencia de incidentes, accidentes de Trabajo, nos comprometemos a: 1. Capacitar a los colaboradores en prácticas seguras de descanso como parte fundamental para la prevención de fatiga y somnolencia. 2. Respetar la jornada de labores máxima legal. En caso de ser necesario la realización de labores en sobretiempo, verificar que el colaborador esté predispuesto y labore lo estrictamente necesario bajo supervisión frecuente. 3. Respetar los horarios o tiempos de descanso de nuestros colaboradores. 4. Concientizar a nuestros colaboradores sobre la importancia del cumplimiento de sus horarios y tiempos de descanso. 5. Ningún colaborador será sancionado si se niega a laborar al sentir síntomas de fatiga o somnolencia durante la realización de su tarea, lo cual deberá comunicar inmediatamente a su jefe Inmediato. 6. Fomentar la prohibición a los conductores de abstenerse de conducir u operar, si muestra cansancio o si ha estado tomando medicamentos que puedan causarles efectos secundarios e inducirlo al sueño. 7. Si un colaborador obliga o persuade a otro a trabajar en condiciones de fatiga y somnolencia será considerado al menos como Falta Grave.
3. ACCIONAR FRENTE A USO DE ALCOHOL Y DROGAS Con el propósito de garantizar un adecuado desempeño laboral, fomentando un estilo de vida y proporcionando un lugar seguro de trabajo, nos regimos a los siguientes lineamientos, 1. Se prohíbe la utilización indebida de medicamentos prescritos, posesión, distribución y venta de drogas o de sustancias alucinógenas, en cualquier situación relacionada con la organización. 2. Presentarse a laborar bajo el efecto del alcohol y/o drogas constituye falta grave y como tal califica como causa justa para terminar la relación laboral. 3. Las pruebas de alcohol y drogas directamente o a través de terceros podrán ser realizadas en cualquier momento y de manera aleatoria. 4. La negativa del colaborador a someterse a la prueba correspondiente se considerará como reconocimiento de alguna sustancia no permitida. 5. Es de carácter obligatorio la participación de todos los colaboradores en los programas de sensibilización y capacitación que promuevan el cumplimiento de la presenta política.
| 4. INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDADES EN CASO DE INMINENTE PELIGRO En ACEA PERÚ S.A.C., todas las personas (tanto personal propio, como de las empresas contratistas) tienen el derecho y la obligación de interrumpir toda actividad insegura, que ponga en riesgo su vida y/o la vida de otras personas, para lo cual darán cumplimiento a los siguientes compromisos: 1. Cuando un trabajador reciba la orden de realizar un trabajo u otra actividad donde él considere que su actividad física o la de sus compañeros se encuentra en peligro o no se han seguido los lineamientos de seguridad establecidos, el mismo tiene el derecho de NO realizar dicha tarea o actividad hasta que se mitigue el peligro. 2. Cualquier trabajador propio o de empresas contratistas, que detecte un acto o condición subestándar en inminente peligro, durante la realización de una tarea, deberá detenerla e inmediatamente avisar al responsable del trabajo para que se tomen acciones correctivas. 3. Cuando ocurra una emergencia durante la ejecución de algún trabajo estos deberán ser paralizados, hasta la verificación de las acciones correctivas. 4. El jefe Inmediato o responsable de la actividad tomará las acciones correctivas y verificará las condiciones de trabajo que dan origen a la negativa al trabajo. 5. Si a pesar de ello el trabajador continúa con su negativa al trabajo por el riesgo existente, se convocará al área de Seguridad y Salud en el trabajo de cada consorcio, quienes evaluarán la situación y plantearán las medidas de control a implementar en el frente de trabajo evaluado.
5. EQUIDAD DE GENERO ACEA PERÚ S.A.C. y empresas vinculadas, como empresa contratista del estado, asume voluntariamente el compromiso referido a la equidad de género, por tanto, asume los siguientes compromisos. 1. Impulsar el desarrollo de una cultura organizacional basada en resguardar los compromisos y principios de equidad de género y conciliación en la vida laboral, familiar y personal en todos los niveles de la organización. 2. Incorporar la equidad de oportunidades en los procesos de gestión de personas, selección y contratación de personal. 3. Fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en lo referente a remuneración, ascensos y acceso a programas de entrenamiento y capacitación. 4. Promoción de la equidad de género desde el nivel más alto de la organización. 5. Atender las denuncias presentadas a través de los canales habilitados (Área de recursos humanos y el canal ético (https://canaletico.aceaperu.com) para dichos efectos y promover el reporte de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, garantizando que no existirán represalias frente a los reportes efectuados. 6. Asegurar una protección eficaz a las situaciones de embarazo y lactancia, estableciendo un protocolo de actuación para las mismas 7. Fortalecimiento de competencias en materia de género, mediante capacitaciones normativas sobre equidad de género para toda la institución.
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